¿CONOCES POR CUÁNTO TIEMPO DEBES CONSERVAR LAS NÓMINAS Y CONTRATOS DE TRABAJO?

Como patrón tienes el deber de conservar la documentación inherente a la relación laboral, por lo tanto, las nóminas como parte integrante de la misma, se deberá almacenar por un plazo de 5 años, contando a partir de la fecha en que se presentaron o debieron haberse presentado las declaraciones con ellas relacionadas, todo ello de conformidad con los artículos 30 del Código Fiscal de la Federación, 15 de la ley del Seguro Social (LSS) y 804 de la Ley Federal del Trabajador (LFT) el patrón debe conservar la documentación inherente a la relación laboral.

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